

| Marcas,
¿Cómo Registrarlas? Actualmente con la globalización nos encontramos día con día con un sin número de nuevos productos, servicios, y empresas. El país y el mundo cambian a pasos agigantados y en este contexto, es importante hacer una reflexión sobre la importancia que tienen en nuestro presente las marcas. Para este fín cabe señalar que la propiedad intelectual se divide en dos: 1.- La propiedad industrial. 2.- La propiedad autoral (derechos de autor). En lo referente a la propiedad industrial en México, esta se encuentra regulada por la "Ley de la Propiedad Industrial" y quien aplica dicha ley es el "Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial", Asimismo, se contemplan 7 figuras para cumplir con el propósito de salvaguardar la propiedad industrial, una de las cuales es el Registro de Marcas. Una marca la podemos definir como aquel nombre, término, símbolo, diseño o cualquier signo visible o bien una combinación de cualquiera de los anteriores que sirve para distinguir un servicio o productos de otros de su misma clase, especie o ramo. En la citada Ley de la Propiedad Industrial se considera que existen 4 tipos de marcas que son : 1.- Nominativas: Son las que identifican un producto o servicio mediante una palabra o un conjunto de palabras, es decir, que se distingue fonéticamente. 2.- Innominadas: Son figuras que cumplen con la función de una marca, su distinción es visual y pueden consistir en símbolos, diseños, logotipos o cualquier elemento visual que sea distintivo. 3.- Tridimensional: Se refieren a cuerpos con 3 dimensiones como son los envoltorios, empaques, envases, así como la forma o presentación de productos siempre que esta sea distintiva. 4.- Mixta: Es la combinación de cualquiera de las anteriores. Por otra parte en lo relativo a signos distintivos existen tambien las siguientes figuras de protección; 1.- Marca colectiva: Cualquier signo distintivo que las asociaciones o sociedades de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicio soliciten para distinguirse de otros gremios. 2.- Nombre comercial: Es aquella denominación que sirve para distinguir una empresa o establecimiento industrial, comercial, o de servicios, dentro del área geográfica donde se encuentre establecida. No es necesario su registro, aunque se puede solicitar al IMPI su publicación del mismo en su gaceta. 3.- Aviso comercial: Son frases u oraciones que sirven para anunciar productos o servicios, establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios para que el público los distinga. dentro de estos podemos encontrar los "slogan" o "frases publicitarias ". El registro de marcas tienen los siguientes beneficios. *
Al estar registrada el Estado le otorga el derecho exclusivo de uso
en la República Mexicana. Por otra parte es importante saber que cosas NO podemos registrar como marcas, estas son: *
Denominaciones, figuras o formas tridimensionales animadas o cambiantes. *
Las denominaciones que se refieran a determinada área geográfica,
ya que pueden originar confusión respecto a la procedencia de
los bienes o servicios. Finalmente cabe destacar que el registro de marcas se realiza en el propio "Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial" o bien en las Oficinas Regionales o en las Delegaciones y Subdelegaciones Federales de la Secretaría de Economía. Las solicitudes pueden ser presentadas directamente por el interesado o a través de alguna persona a la que se otorgue poder para realizar dicho trámite. Es importante antes de presentar la solicitud respectiva el solicitar una "búsqueda de anterioridades" la cual tiene por propósito de verificar en la Base de Datos de Marcas si existen antecedentes iguales o semejantes en grado de confusión al signo distintivo que se pretende registrar. **Colaboración Especial de: Lic. Eduardo Rendón González, egresado de la carrera de Administración de Empresas de la Universidad Hispano Mexicana, actualmente ocupando cargo de Gerente de Administración y Finanzas; México 2002. |
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